Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2169/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.2.
II.2. Iniciada la investigación, el Ministerio Público expidió el 29 de junio de 2012, la orden de citación para que la denunciada se presente en la Fiscalía, a objeto de responder a la denuncia formulada en su contra, para posteriormente emitir la orden de aprehensión mediante Resolución de 27 de julio del año en curso, habiendo requerido porque se expida mandamiento de allanamiento, registro, requisa y secuestro de tres inmuebles, uno de ellos, el de la denunciada (fs. 31; 34 a 35; 41 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- deben ser denunciadas ante el juez cautelar
- Primer supuesto:
- alternativamente se activan la vía ordinaria y la constitucional,
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- III.3.1. Actuación del Fiscal de Materia
- III.3.2. Actuación de la Jueza de Instrucción Mixta de Yapacanì
- Fragmento 18