Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2199/2012
Fecha: 08-Nov-2012
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que las autoridades demandadas vulneraron su derecho al debido proceso, en su vertiente del derecho a la defensa y a la doble instancia, toda vez que mediante Auto de Vista 123/12 de 2 de mayo, declararon inadmisible el recurso de apelación incidental que interpuso por no encontrarse dentro del catálogo establecido por el art. 403 del CPP, infringiendo el art. 203 de la CPE. En revisión, corresponde establecer con carácter previo, si la situación planteada puede ser analizada a través de esta acción tutelar y en su caso, confirmar si tales argumentos son evidentes o no, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Las resoluciones que resuelven cuestiones incidentales en materia penal, son susceptibles de recurso de apelación
- III.3.
- CONFIRMAR