SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2233/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2233/2012

Fecha: 08-Nov-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se encuentra procesada penalmente en mérito a una acusación particular, contexto en el cual presentó un escrito el 10 de abril de 2012, proponiendo prueba dentro del mismo; sin embargo, el Juez ahora demandado, respondió mediante un decreto carente de motivación, señalando que el juzgador no puede producir prueba para ninguna de las partes. Ante esta Resolución presentó recurso de reposición, mereciendo respuesta de la autoridad demandada el 16 de abril de 2012, sin la mínima fundamentación limitándose a indicar “sin lugar a la reposición planteada”.

En otro caso de idénticas características, ante otro Juez pero de igual jerarquía, éste actuó de manera distinta pues sí concedió la reposición solicitada, con ello, quiere relevar que existió una indebida e incongruente actuación, pues en casos idénticos el sistema judicial está dando respuestas diferentes.

Posteriormente, el 30 de julio de 2012, se realizó una solicitud ante el Juez de la causa para que éste regularice el procedimiento y corrija los errores en los que incurrió al emitir las glosadas Resoluciones; empero, la autoridad ahora demandada respondió indicando que no correspondía la petición en atención a que pudo haberse hecho uso del art. 375 del Código de Procedimiento Penal (CPP).