Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2257/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.5.
II.5. Oficio del Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial al Juez Agrario de la Capital Cercado de 8 de febrero de 2012 (fs. 37), con decreto de 10 de febrero de 2012, del Juez Agrario, quien resuelve “Antes de aprehender conocimiento del presente trámite, se dispone que el señor Alcalde Municipal de la ciudad de Cochabamba, a través de la Sección correspondiente CERTIFIQUE si el predio objeto de Subinscripción, se encuentra dentro del radio urbano y qué actividad realizan en el mismo…” (fs. 37 vta.).
- I.1. Alegaciones del Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial
- I.2. Alegaciones del Juez Agroambiental de Cochabamba
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la delimitación de la competencia por razón de materia en acciones reales, personales y mixtas sobre bienes inmuebles en el área urbana o en el área rural
- III.2.Análisis del caso concreto
- Declarar COMPETENTE