SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2257/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2257/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.6.

II.6.  Informe topográfico Reg. 202/2012, Inf. Top. V. 038/2012 de 17 de febrero, del topógrafo Urbano Montaño Rioja, que refiere: “…dicha propiedad según el plano sectorial en vigencia, se encuentra emplazado dentro del Radio Urbano, es decir está ubicado en Área Urbanizable” (fs. 44) y Certificación de 21 de febrero de 2012, Certif. 033/2012 del Jefe de la División Atención al Ciudadano, Arquitecto Greco Villazón Rocha y de la Sub Alcaldesa Cristina Valencia, que establece: “De acuerdo al Plano General de Cochabamba aprobado según Ordenanza Municipal 2376/99 de 23 de Agosto de 1999 y Plano Sectorial Vigente del Distrito 02, el predio se encuentra dentro de radio Urbano, es decir dentro el Área Urbana Urbanizable” (fs. 46).