SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2339/2012
Fecha: 16-Nov-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 25 de marzo de 2011, cuando quiso ingresar a su fuente laboral, en el noveno piso del edificio “Gran Centro I”, en su condición de Consejero de Administración electo por decisión soberana de los socios de COTEL La Paz Ltda., de la circunscripción 4 de El Alto; lamentablemente, fue impedido por Wilder Rocha Vargas, oficial de policía, pese a que, esa actividad la venía desempeñando desde el 24 de agosto de 2010.
Este acto ilegal que lo privó de ejercer su derecho a la libre locomoción o tránsito fue ordenado por Jorge Paco Marín, Presidente del Consejo de Administración; Cristina Chambi de Campos Gerente General; ambos de COTEL La Paz Ltda. e Iván Méndez y ejecutado por el oficial de policía ya mencionado; quien cumplió el instructivo GG/023/2011 de 24 de marzo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- Procedencia de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR