Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2340/2012
Fecha: 16-Nov-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 09/11 de 17 de junio de 2011, cursante a fs. 21 y vta., pronunciada por el Juez Primero de Partido y Sentencia Penal de El Alto en suplencia legal de su similar Cuarto del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, de acuerdo a los Fundamentos Jurídicos expuestos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concede
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
- III.2. Procedencia de la acción de libertad sobre casos de retención en los centros hospitalarios públicos o privados
- se activa la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad, la cual debe ser dirigida contra el director del nosocomio,
- III.3. Derecho a la vida y la salud
- El derecho a la salud no significa solamente el derecho a estar en contra de la enfermedad sino el derecho a una existencia con calidad de vida
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR