SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2340/2012
Fecha: 16-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de su derecho a la vida, a la libertad y a la salud, por cuanto la Directora del Hospital “Corazón de Jesús” ahora demandada, le retuvo en el hospital por falta de cancelación de gastos hospitalarios, no obstante de haber sido dado de alta, toda vez que fue internado en el referido hospital el 17 de abril de 2011, y estuvo en el mismo hasta el 16 de junio del mismo año fecha en la que se planteó la presente acción. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concede
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
- III.2. Procedencia de la acción de libertad sobre casos de retención en los centros hospitalarios públicos o privados
- se activa la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad, la cual debe ser dirigida contra el director del nosocomio,
- III.3. Derecho a la vida y la salud
- El derecho a la salud no significa solamente el derecho a estar en contra de la enfermedad sino el derecho a una existencia con calidad de vida
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR