SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2349/2012
Fecha: 16-Nov-2012
III.3. Análisis del caso concreto
En el caso de autos, el accionante denuncia la transgresión de su derecho a la libertad, por cuanto Darwin Salazar Araoz, Fiscal de Materia, dentro de las investigaciones que se le sigue a instancias de su madre, Juana Rojas Ríos de Peredo, por el presunto delito de estafa, determinó presentar imputación formal en contra suya por el referido delito, solicitando como medida cautelar su detención preventiva, sin tomar en cuenta que existe un documento de transferencia que demuestra que la última voluntad de su padre fue entregarle en venta el terreno agrícola ubicado en la población de Pilancho, provincia Chapare del Departamento de Cochabamba con una superficie de 7.700 m2; y, que en el cuaderno de investigación existen suficientes elementos de convicción que acreditan que cuenta con familia, domicilio y ocupación, no correspondiendo la petición de su detención preventiva.
De la compulsa de antecedentes se evidencia que la querella presentada por Juana Rojas Ríos de Peredo, por el presunto delito de estafa fue rechazada mediante Resolución de 13 de octubre de 2010, emitida por Jorge López Flores, Fiscal de Materia, con el fundamento de que no existían suficientes elementos para determinar la participación del querellado; decisión que al ser impugnada, dio origen a la Resolución 545 de 29 de noviembre de 2010, pronunciada por Camilo Medina Rodríguez, Fiscal de Distrito de Cochabamba, que determinó revocar la citada Resolución de rechazo, ordenando al Fiscal asignado continuar con las investigaciones para el esclarecimiento de la verdad histórica de los hechos. Con esos antecedentes, la autoridad, hoy demandada, presentó ante el Juez de Instrucción Mixto de Ivirgarzama imputación formal contra el accionante solicitando, como medida cautelar, la detención preventiva de Florencio Peredo Rojas -ahora accionante- por existir peligro de obstaculización.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- procedencia
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- a) el acto lesivo,
- sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad, como causa directa
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15