Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2363/2012
Fecha: 22-Nov-2012
II.5.
II.5. El 20 de septiembre de 2010, se emitió “Auto de conminatoria”, por la autoridad demandada, en el cual se conmina a la Fiscal de Distrito -ahora Departamental- de La Paz y a Viviana Nieto Bizarroque “y/o reasignado” (sic) en aplicación del art. 134 del CPP (fs. 28); el 28 de octubre del mismo año, se notifica a “Betty Yaniquez”, con el mencionado Auto (fs. 29).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad no es el medio idóneo para solicitar la extinción de la acción penal en la etapa preparatoria
- la falta de vinculación directa de la extinción de la acción penal de la etapa preparatoria con el derecho a la libertad personal por no haber operado como causa de su restricción inviabiliza su tratamiento a través de esta acción tutelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR