SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2408/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2408/2012

Fecha: 22-Nov-2012

a)

Mirko Borda Coro, Fiscal de Materia, en su intervención en audiencia sostuvo: a) Teniendo conocimiento de una denuncia presentada contra el ahora representado del accionante, por inducción a fuga de una adolescente, se dio información al juez instructor, conforme establece el art. 289 del CPP, y dentro de la investigación se dispuso la citación del sindicado para que presente su declaración informativa; b) Es verdad que se han presentado varios memoriales solicitando suspensión de declaración informativa, pidiendo se nombre un traductor, porque según los memoriales, el sindicado no entiende el idioma castellano, por ello, no se le denegó; c) Ante la última citación, el sindicado no se hizo presente, por lo tanto, se expidió la orden de aprehensión de acuerdo al art. 224 del CPP y tomando en cuenta que el plazo de la investigación preliminar había vencido se realizó la imputación formal correspondiente; d) El accionante de manera lírica manifiesta que su representado no entiende el idioma español; sin embargo, ¿cómo se entiende que se hubiera contactado con la adolescente no sólo una sino varias veces? ¿cómo la convenció de que se trasladen a la ciudad de Santa Cruz?, no se ha demostrado que el sindicado no comprenda el idioma español, contrariamente se tienen indicios de que se encuentra viviendo bastante tiempo en el país , por lo tanto, conoce muy bien el idioma español; e) El abogado sabía que había imputación, incluso se le otorgó una fotocopia, sabía de la orden de aprehensión, esto data del mes de junio; y, f) El accionante tenía todos los medios y el tiempo necesario para acudir al juez que conoce el control jurisdiccional de esta causa, para reparar la lesión, el argumento de que dicho juzgado se encuentra de vacación no es suficiente para obviar el control jurisdiccional y recurrir a la vía constitucional, más aun cuando existen dos juzgados de turno en vacación.