Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2420/2012
Fecha: 22-Nov-2012
III.
La accionante denuncia la vulneración de los derechos al debido proceso y a la libertad de su representado, señalando que el mismo fue aprendido el 1 de julio de 2011 y que no se tomó en cuenta que el mismo era menor de edad, realizando las diligencias policiales y la declaración informativa policial sin la presencia de autoridades especializadas en menores; remitiéndolo al Centro de Diagnóstico y Terapia de Varones, mediante requerimiento fiscal emitido por la Fiscalía de Sustancias Controladas, y no así con la orden judicial correspondiente. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 12
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- Fragmento 14
- III.3.Presunción de minoridad
- III.4. Inaplicabilidad de la subsidiariedad en caso de menores infractores.
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR