SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2460/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2460/2012

Fecha: 22-Nov-2012

1)

Teresa Aguilera Antunez, Presidenta de la Asociación de Comerciantes Minoristas Feria “La Fortuna”, como tercera interesada, presentó informe escrito cursante de fs. 71 a 73, manifestando lo siguiente: 1) En 1997 se realizó la construcción de un inmueble destinado a la actividad comercial de la Asociación de Comerciantes Minoristas Feria “La Fortuna”, la construcción se realizó con la Empresa Constructora Tercons Ltda., con el financiamiento de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jisunu Ltda., bajo la modalidad de subrogación de deuda; sin embargo, con el transcurrir del tiempo se incorporaron otros copropietarios mediante la compra directa a la entidad financiera y al constructor, sin cumplir los requisitos de ser comerciantes; 2) A partir de ello existen cuatro grupos de copropietarios, la Empresa Constructora del edificio que se reservó ciertas áreas como de su exclusiva propiedad, la entidad financiera que se adjudicó ciertas cantidades de locales mediante remate por créditos no pagados; otro grupo de copropietarios creados por aquellos que adquirieron sus locales directamente del constructor y de la entidad financiera y el cuarto la asociación que preside; 3) Los cuatro grupos de copropietarios conformaron una “Asociación de Copropietarios del edifico la Fortuna”, y una vez aprobados los Reglamentos y Estatutos, conformaron un Comité Electoral para llevar adelante la elección de un nuevo Directorio que integre a todos los copropietarios; y, 4) Una vez realizada la elección, en lugar de posesionar al frente ganador, de forma arbitraria e inaudita el Comité Electoral pretendió tomar sus oficinas, enseres y equipos para entregarlos al candidato de su preferencia, y al ver frustrados sus intenciones procedieron a cerrar con cadenas y candados los predios impidiendo realizar las labores de administración.