SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2463/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2463/2012

Fecha: 22-Nov-2012

1.2. Antecedentes procesales sustanciados en el Juzgado Agrario de Corque

Remitidos los antecedentes el 28 de septiembre de 2011, ante el Juzgado Agrario de Corque del departamento de Oruro, el Juez de ese despacho, mediante Auto 81 de 4 de octubre de 2011 (fs. 8 a 9), determinó “la devolución del proceso al juzgado declinante” (sic), por no considerarse competente para conocer la demanda planteada, toda vez que si bien la acción de nulidad de documentos se encuentra dentro de los alcances de las competencias de los jueces agrarios, en el caso planteado, sólo se busca la nulidad debido a su ineficacia jurídica por incumplimiento de los requisitos de formación y validez, y no tendría relación directa con el ejercicio del derecho propietario así como no se pretende la constitución de un derecho sobre la propiedad agraria; además, la nulidad del acta no puede ser derivada ni de la propiedad ni de la posesión, por cuanto la protección de estas acciones sólo tiene que ver con la validez o invalidez de un “contrato” (sic) que no tiene que ver ni directa o indirectamente con la posesión de la propiedad agraria.

El 5 de octubre de 2011, el Juez agrario de Corque remitió los antecedentes al Juzgado Mixto de Instrucción, Cautelar  y Liquidador de Corque (fs. 10) que, por Auto de 6 de octubre de 2011, dispuso la remisión de obrados ante la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental- de Oruro, por haberse suscitado conflicto de competencias.