SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2465/2012
Fecha: 22-Nov-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 29 de enero de 2011, se procedió a la detención de Lander Vargas Aguilera y Antonio Marca Poma, por la supuesta comisión de los delitos de compra ilegal de diesel, gasolina y gas licuado de petróleo, en mérito a ello se desarrolla un proceso penal que culmina con Sentencia condenatoria 6/2012 de 31 de enero, pronunciada por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, en la cual se dispone la incautación y confiscación de una motocicleta de propiedad de la accionante.
Ante la decisión asumida, la accionante se apersonó interponiendo incidente de devolución de motorizado y al ser denegado se recurrió en apelación restringida por errónea aplicación de la Ley sustantiva, inexistencia de fundamentación, prueba defectuosa y contradicción en la parte resolutiva, pues se argumenta que la accionante es propietaria y no ha participado en el ilícito que se juzgó, y que el motorizado fue adquirido con anterioridad al hecho penalmente juzgado. En ese sentido, señala la accionante, la decisión del Juzgador culmina afectando el derecho propietario que tiene sobre la motocicleta, sin que ella haya sido partícipe en el proceso penal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- i)
- Fragmento 11
- III.2. Principio de subsidiariedad aplicable a la acción de amparo constitucional
- III.3. Juicio de aplicabilidad del principio de subsidiariedad en el caso concreto
- Conforme a lo anotado, el juez de instrucción es competente para resolver todos los incidentes sobre incautación de bienes sujetos a decomiso o confiscación hasta antes de emitirse sentencia
- CONFIRMAR