Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2465/2012
Fecha: 22-Nov-2012
II.5.
II.5. Por Resolución de 9 de julio de 2012 la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró sin lugar el recurso de apelación restringida, por los siguientes motivos: 1) La confiscación de la motocicleta por la autoridad judicial fue correcta; 2) El Juez cautelar es el competente para dejar sin efecto la medida de confiscación hasta antes de dictada la Sentencia condenatoria; 3) La accionante incumplió con el art. 255 del CPP y desconoció los alcances de la SC 0452/2007-R; y, 4) La Sentencia condenatoria es clara y concisa, expone con coherencia los argumentos por los cuales se tomó la decisión final (fs. 23 a 25 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- i)
- Fragmento 11
- III.2. Principio de subsidiariedad aplicable a la acción de amparo constitucional
- III.3. Juicio de aplicabilidad del principio de subsidiariedad en el caso concreto
- Conforme a lo anotado, el juez de instrucción es competente para resolver todos los incidentes sobre incautación de bienes sujetos a decomiso o confiscación hasta antes de emitirse sentencia
- CONFIRMAR