AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2012-RCA

Fecha: 06-Dic-2012

Fragmento 11

Del memorial de acción de amparo se tiene que, el accionante solicitó al Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, la prescripción de las obligaciones tributarias de su inmueble por las gestiones 1997 a 2005, que fue rechazada por la Unidad de Asuntos Técnicos Jurídicos, mediante la                         RA DR/UATJ/011/2011 y notificada por cédula de 18 de enero de 2011, los cuales no fueron de su conocimiento, en atención a las irregularidades desarrolladas en la ejecución de la notificación (error en la individualización de la oficina, Pedro Chuquimia no era miembro de los responsables de notificaciones y Ruth Conde Márquez, fungió como testigo de actuación incumpliendo el art. 85.II del CTB); actuaciones que si bien no fueron adjuntadas como elementos probatorios al memorial de la presente acción de amparo, de la revisión de antecedentes se establece que fueron dictadas y ejecutadas por áreas y servidores públicos distintos del Municipio de El Alto, identificó como autoridades accionadas a Verónica Méndez Quisbert, Presidenta del Concejo y Daniel Fernández Encinas, Director de Recaudaciones, no existiendo coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos alegados y aquellas contra quienes se dirige la acción.