AUTO CONSTITUCIONAL 0215/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0215/2012-RCA

Fecha: 07-Dic-2012

de impugnación administrativas, la resolución definitiva adquiere firmeza en la vía administrativa o causa estado, quedando expedita la vía constitucional

Una vez agotadas las vías de impugnación administrativas, la resolución definitiva adquiere firmeza en la vía administrativa o causa estado, quedando expedita la vía constitucional, en caso de que el administrado considere que sus derechos fundamentales y/o garantías constitucionales no hubieren sido reparados en sede administrativa, o bien si así prefiere acudir a la vía jurisdiccional” (las negrillas son nuestras). En el presente caso el accionante no agoto las instancias previstas por ley al no existir aún una resolución que pueda ser impugnada. De lo expuesto se tiene que la presente acción se adecua a lo establecido en el art. 54 del CPCo.