AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2012-RCA

Fecha: 12-Dic-2012

Fragmento 5

El accionante interpuso acción de amparo constitucional por alegar la lesión a los derechos a la dignidad, a los servicios básicos, al trabajo, a la pacífica posesión, a la propiedad privada y al debido proceso. En consecuencia, al haber sido declarada la improcedencia in limine de la presente acción por el Juez de garantías, corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión, dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado, la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y el Código de Procesal Constitucional.