Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 007/2012-O
Fecha: 10-Dic-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La denunciante sostiene que no se dio cumplimiento a la Resolución 25/2009, pronunciada por el tribunal de garantías y a la SC 1237/2006-R, emitida por el Tribunal Constitucional; toda vez que, habiéndose dispuesto la entrega de los ambientes que ocupaba Ana María Villafañe Pozo de Inarra, en las mismas condiciones que ejercía hasta el 13 de septiembre de 2005, sólo se habría realizado la entrega parcial de estos ambientes. Consiguientemente, corresponde analizar si lo denunciado es o no evidente.
- I.1.
- I.2. Informe del Tribunal de garantías
- a)
- 1 patio de 6 x 4 aproximadamente, de cemento, 1 baño pequeño, 2 ambientes pequeños de 3.50 x 3, aproximadamente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- III.3.
- 2º