El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 2619/2012 de 21 de diciembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 2619/2012 de 21 de diciembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.

Fecha: 21-Dic-2012

a)

Este Magistrado, considera que la problemática en cuestión, debe ser analizada con la óptica de defender la fuente laboral del trabajador, el juez debe resolver un caso, previo razonamiento: a) General, que, la decisión producirá efectos no sólo para el caso, sino repercutirá a la sociedad; b) Jurídico, para conductas futuras de otros casos, y que va creándose conductas, que serán observadas por los ciudadanos en el futuro; y, c) Económico sociales, el impacto a la economía, en este caso del trabajador y la repercusión a su familia, y a la vez a la sociedad; por tal razón el juez de la jurisdicción constitucional deberá atreverse a romper paradigmas que están enraizados muy profundamente en el sistema político liberal colonialista de nuestra nación. En ese sentido, en la Sentencia que motiva la presente disidencia, se debió considerar lo siguiente: