El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 2619/2012 de 21 de diciembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.
Fecha: 21-Dic-2012
II.2. Debido proceso en el ámbito administrativo
En el derecho internacional, respecto a las debidas garantías, como parte del debido proceso constitucional, el art. 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), refiere, “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”; asimismo, el art. 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), se refiere a los derechos de acceso a la justicia, al plazo razonable, al juez natural; y además, señala en el numeral 2: “Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley”, garantías que se deben aplicar en la tramitación de todo proceso, civil, laboral, administrativo u otro cualquiera. Así también, es parte del debido proceso la tutela jurisdiccional, que se expresa en tres derechos fundamentales “el derecho de acceder a los órganos jurisdiccionales competentes, independientes e imparciales; el derecho a un proceso equitativo y razonable, que concluya con una sentencia motivada, y el derecho a que se ejecute lo resuelto por el tribunal”.
- Partes: Erwin Salazar Cabrera, Sergio Víctor Aliaga Chávez
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- II.2. Debido proceso en el ámbito administrativo
- El debido proceso, es el derecho de toda persona a un proceso justo, ante el juez natural previamente determinado, proceso que deberá ser llevado a cabo sin dilaciones de una manera equitativa a procesos instaurados a sus pares, dentro del cual se garantice al administrado o procesado la certeza de una notificación con la totalidad de la sindicación a efectos de una defensa efectiva, permitiendo ser escuchado, presentar pruebas, impugnar, el derecho a la doble instancia, presentar las excepciones que correspondan a criterio suyo, sobre las cuales en todos los casos deberá existir pronunciamiento expreso del tribunal o autoridad a cargo del proceso disciplinario
- En consonancia con los tratados internacionales citados, a través de la jurisprudencia constitucional se ha establecido que los elementos que componen al debido proceso son el derecho a un proceso público; derecho al juez natural; derecho a la igualdad procesal de las partes; derecho a no declarar contra sí mismo; garantía de presunción de inocencia;
- II.3. Derecho a la defensa
- II.4. La Constitución Política del Estado y la normativa sobre el principio de la estabilidad laboral
- II.5. Normativa legal en relación al despido injustificado
- II.6. La conminatoria de reincorporación del trabajador emitida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social al empleador, ante un despido injustificado
- II.7. Análisis del caso concreto