Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 2619/2012 de 21 de diciembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.
Fecha: 21-Dic-2012
Partes: Erwin Salazar Cabrera, Sergio Víctor Aliaga Chávez
Partes: Erwin Salazar Cabrera, Sergio Víctor Aliaga Chávez y Elizabeth Silva Ojeda Vargas contra José Noel Zamora, Gerente General; Hugo Javier Miguel Gambarte Álvarez, Gerente de la Sucursal La Paz - Oruro; y Andrés Boris Daniel Bakovic Guzmán, representante legal de la Sucursal La Paz - Oruro, todos del Fondo Financiero Privado PRODEM S.A.
- Partes: Erwin Salazar Cabrera, Sergio Víctor Aliaga Chávez
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- II.2. Debido proceso en el ámbito administrativo
- El debido proceso, es el derecho de toda persona a un proceso justo, ante el juez natural previamente determinado, proceso que deberá ser llevado a cabo sin dilaciones de una manera equitativa a procesos instaurados a sus pares, dentro del cual se garantice al administrado o procesado la certeza de una notificación con la totalidad de la sindicación a efectos de una defensa efectiva, permitiendo ser escuchado, presentar pruebas, impugnar, el derecho a la doble instancia, presentar las excepciones que correspondan a criterio suyo, sobre las cuales en todos los casos deberá existir pronunciamiento expreso del tribunal o autoridad a cargo del proceso disciplinario
- En consonancia con los tratados internacionales citados, a través de la jurisprudencia constitucional se ha establecido que los elementos que componen al debido proceso son el derecho a un proceso público; derecho al juez natural; derecho a la igualdad procesal de las partes; derecho a no declarar contra sí mismo; garantía de presunción de inocencia;
- II.3. Derecho a la defensa
- II.4. La Constitución Política del Estado y la normativa sobre el principio de la estabilidad laboral
- II.5. Normativa legal en relación al despido injustificado
- II.6. La conminatoria de reincorporación del trabajador emitida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social al empleador, ante un despido injustificado
- II.7. Análisis del caso concreto