Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2498/2012
Fecha: 03-Dic-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de los derechos de su representado a la libertad, a la defensa y al debido proceso, que se encuentra indebidamente privado de libertad, debido a que el Juez demandado, sin tomar en cuenta preceptos constitucionales señaló audiencias de cesación a la detención preventiva con un tiempo lejano de catorce y veintidós días; y cuando llegó la oportunidad de instalar la audiencia, la suspendió sin justificativo valedero. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- procedente
- c)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- principio procesal de celeridad
- III.3. Sobre el principio de dirección judicial del proceso
- III.4. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR
- 3°