SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2506/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2506/2012

Fecha: 03-Dic-2012

11 de octubre de 2012

De lo que se deduce, que el accionante al momento de presentar la acción de libertad en fecha 11 de octubre de 2012, el Juzgado de origen que viene ejerciendo el control jurisdiccional de la investigación seguido en contra del accionante y otros, el 8 de octubre de 2012, señaló audiencia para la consideración de medidas cautelares para el 12 del mismo mes y año, en el que la autoridad jurisdiccional resolverá la situación procesal del mismo debido a que el Tribunal de alzada anuló la resolución que determinó su detención preventiva que fue generado por el propio accionante; en consecuencia, como se señaló en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, por cuanto el accionante no consideró que se tenía pendiente la emisión de una resolución por parte de la jurisdicción ordinaria por el cual el mismo puede concluir con la reparación oportuna de la vulneración sobre el derecho fundamental a la libertad invocado, y con el fin de evitar confrontación con la jurisdicción ordinaria ante la posibilidad de emitirse la duplicidad de fallos y se provoque una disfunción procesal contraria al orden jurídico, se hace necesario que previamente dicha jurisdicción pueda emitir la resolución que corresponda.