SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2550/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2550/2012

Fecha: 21-Dic-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El accionante manifiesta que lo destituyeron del su cargo de Director de la Unidad Educativa “Gladys Rivero de Jiménez I” desde el mes de octubre de 2008, habiéndose retirado su nombre de las planillas de pago de haberes del Ministerio de Educación, sin saber el motivo de dicha decisión, la cual fue tomada dejando de lado que los profesores y/o Directores gozan de inamovilidad funcionaria prevista en el art. 184 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg.) y art. 93.III de la Constitución Política del Estado vigente (CPE), lo cual originó la vulneración de sus derechos constitucionales, puesto que dicho retiro no se enmarcaría dentro de ninguna de las previsiones del ordenamiento legal vigente que regula la carrera docente, ya que para proceder al retiro de un profesor y/o director se debe previamente instaurarse un procedimiento administrativo interno conforme lo establece el art. 29 del Decreto Supremo (DS) 23968 Reglamento sobre las carreras en el servicio de educación concordante con los arts. 73 y 74 del DS 04688 Reglamento del Escalafón Nacional del Servicio de Educación de 18 de julio de 1957 y arts. 3 y 6 del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio aprobado por Resolución Suprema (RS) 212414; sin embargo, en su caso no se procedieron de tal forma, por lo que considera que los demandados pretenden acomodar a sus “correligionarios políticos”.

Alega también que, ante la “ilegalidad” precedentemente citada planteó recurso de revocatoria y jerárquico en su debida oportunidad, con intervención de un Notario de Fe Pública, toda vez que las secretarias de los ahora demandados manifestaron tener órdenes de no recibir ningún reclamo, mismos que hasta la interposición de la presente acción tutelar no merecieron resolución alguna pese al vencimiento del plazo, habiéndose apersonado a las oficinas correspondientes para obtener dicha respuesta.