SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2550/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2550/2012

Fecha: 21-Dic-2012

“lo que dio motivo a ese 'atropello' fue la supuesta convocatoria que lanzó el Ministerio de Educación y Culturas el 13 de julio de 2008”

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a una justa remuneración, a la “seguridad jurídica”, al debido proceso, a la seguridad social y a la vida, toda vez que desempeñaba el cargo de Director de la Unidad Educativa “Gladys Rivero de Jiménez I”, del cual lo destituyeron de manera ilegal ya que no se instauró en su contra un proceso administrativo previo, dejando de lado la normativa vigente que regula el ejercicio de la carrera docente, sacándole de las planillas de haberes del Ministerio de Educación, arguyendo que “lo que dio motivo a ese 'atropello' fue la supuesta convocatoria que lanzó el Ministerio de Educación y Culturas el 13 de julio de 2008”, la que además se encontraba suspendida como medida precautoria dispuesta dentro de una acción de amparo constitucional interpuesta en la ciudad de Cochabamba. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.