SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2563/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2563/2012

Fecha: 21-Dic-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se entera de manera extra oficial, que en el Juzgado de Sentencia Penal de  Pando, se estaría sustanciando una querella presentada por Jorge Jesús Justiniano Méndez, por los presuntos delitos de difamación, calumnia e injuria, en circunstancias en las que el sistema de televisión “Cadena A” se encontraba difundiendo el programa deportivo, sorprendiendo con este hecho a la autoridad judicial al no precisar la relación  exacta del espacio en razón del territorio y de la competencia, pues el querellante solo indica que “vio por la televisión” (sic) delitos contra el honor hacia su persona.

Al no estar definido el lugar donde se encontraba el querellante, en una indefensión total, ya que “ver por el televisor a una persona no implica que la persona que está en aquel, se encuentre en el lugar donde el televisor se encuentra” (sic), con estos antecedentes presentó en la ciudad de La Paz excepción de incompetencia por la vía inhibitoria, que fue rechazada por la Jueza Quinta de Sentencia  Penal de La Paz, mediante Resolución 021/2010, en inobservancia a las normas procesales vigentes, puesto que las excepciones de declinatoria e inhibitoria son incidentes de distinta naturaleza; posteriormente, a través de un exhorto suplicatorio, se notificó al querellante con la apelación incidental en contra; pese a esta situación y sin estar resuelto el referido incidente, el Juez de la causa, declaró la rebeldía del accionante disponiendo el mandamiento de aprehensión, a pesar de encontrarse su abogada y apoderada.