Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2576/2012
Fecha: 21-Dic-2012
II.3.
II.3. En fecha 26 de octubre de 2012, el representado de los accionantes interpuso un recurso de apelación contra la Resolución que ordenó su detención preventiva, solicitando que el mismo sea elevado ante el Tribunal Departamental de Justicia, en su Sala Penal de turno, conforme y en el plazo legal establecido para el caso. Sin embargo, de acuerdo a la denuncia que hacen los accionantes en esta acción, se tiene que, al parecer el Juez ahora demandado, no habría remitido el referido recurso ante el superior en grado hasta la fecha de presentación de la acción (fs. 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El procesamiento ilegal o indebido en la aplicación de medidas cautelares y su protección a través de la acción de libertad
- III.3. El derecho a una justicia pronta y sin dilaciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR