SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2589/2012
Fecha: 21-Dic-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Carmen Vargas Gonzales, fue detenida preventivamente por orden de la autoridad ahora demandada, por la presunta comisión de delitos inmersos en la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008), al concurrir las circunstancias previstas en los numerales 1 y 2 del art. 233 del Código de Procedimiento Penal (CPP), así como el riesgo de fuga previsto en el num. 1, 2 y 10 del art. 234 y 2 del art. 235.
El 13 de julio de 2011, se solicitó audiencia de cesación de detención preventiva conforme el art. 239 inc. 1) del citado Código adjetivo penal, el cual hasta la fecha no fue resuelto por la autoridad demandada, a pesar de haberse reiterado dicha solicitud el 20 del mes y año indicado, sin haber obtenido respuesta alguna; habiendo transcurrido catorce días desde el primer pedido, sin haberse fijado audiencia de cesación de detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- 1)
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- ;
- III.2.
- de tres días hábiles como máximo
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Empleo de terminología en cuanto a la concesión o denegación de tutela
- CONFIRMAR