SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2589/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2589/2012

Fecha: 21-Dic-2012

III.4. Empleo de terminología en cuanto a la concesión o denegación de     tutela

El Tribunal de garantías, en su Resolución de 27 de julio de 2011, cursante de fs. 23 a 25 vta., empleó el término “procedente” para conceder la tutela, al respecto, se debe entender que al ordenar la tutela, es coherente utilizar el término “conceder la tutela” o de lo contrario se deberá “denegar la tutela”, conforme se extrae del contenido del art. 129.V de la CPE.