SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2591/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2591/2012

Fecha: 21-Dic-2012

1)

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la libertad de locomoción y a la libertad, toda vez, que en el proceso penal seguido en su contra al momento de llevarse adelante la audiencia del juicio oral público, los miembros del Tribunal de Sentencia Penal de Achacachi, cometieron los siguientes actos que a juicio del accionante serían atentatorios a los derechos antes referidos, siendo estos:  1) Prosiguieron una audiencia ilegalmente notificada; 2) No remitieron en consulta la recusación planteada; 3) Le negaron la interposición del incidente de actividad procesal defectuosa; y, 4) Se le estaría procesando con la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal, por hechos cometidos con anterioridad a la vigencia de esta Ley. Situaciones estas que además de vulnerar los derechos ya enunciados también vulnerarían los arts. 163.3, 169, 314 del CPP. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.