SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2601/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2601/2012

Fecha: 21-Dic-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En ejercicio del art. 250 del Código de Procedimiento Penal (CPP), su representado en calidad de detenido preventivamente, solicitó la modificación de la medida cautelar que se impuso, para el efecto la autoridad ahora demandada señaló como fecha para la celebración de la audiencia el 29 de julio de 2011 a horas 11:00. Con el fin de que se celebre la audiencia cumplió con todas las formalidades legales; sin embargo, de forma ilegal y arbitraria el hoy demandado suspendió la audiencia.