SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2601/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2601/2012

Fecha: 21-Dic-2012

III.3.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho

Sobre la celeridad que debe imprimirse en la tramitación de las resoluciones atinentes a la libertad personal y de locomoción la SC 0044/2010-R de 20 de abril, con relación a la acción de libertad traslativa o de pronto despacho señaló que: “…se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad.

Este tipo de hábeas corpus, implícito en el art. 125 de la CPE (…) establece que, también procede el hábeas corpus cuando se aleguen '…otras violaciones que tengan relación con la libertad personal en cualquiera de sus formas, y los hechos fueron conexos con el acto motivante del recurso, por constituir su causa o finalidad…”, e implícitamente fue reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, cuando tuteló los supuestos de demora en la celebración de la audiencia de medidas cautelares (SSCC 1109/2004-R, 1921/2004-R), o cuando existieron notificaciones ilegales con las resoluciones de medidas cautelares que lesionan el derecho a la defensa, concretamente el derecho a recurrir, impidiendo que el tribunal superior revise la resolución del inferior (SC 826/2004-R), o en los casos en que se ha demorado la efectividad de la libertad, pese a que el imputado ha cumplido con las medidas sustitutivas impuestas (SSCC 1477/2004-R, 0046/2007-R, entre otras)”.

De la jurisprudencia glosada llega a establecerse que la acción de libertad traslativa o de pronto despacho es el medio eficaz frente a una vulneración al principio de celeridad cuando esté relacionada con el derecho a la libertad y como consecuencia se produzca una dilación indebida en el conocimiento y resolución atinente a ésta.