Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley Nº 003 de 13 de febrero de 2010 modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año y art. 81 de la LTC, en consulta, resuelve; APROBAR la Resolución de 5 de mayo de 2009, cursante de fs. 11 a 12, pronunciada por Carmen Villarroel Quinteros, Vocal Distrital y Ximena Layda Gonzales Quitanilla, Responsable, ambas del Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura; y en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Miriam Montoya Iporre.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.5. Análisis del caso concreto
- 1)
- APROBAR