Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0026/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
II.2. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad del art. 45 de la LAPCAF porque infringiría los arts. 7 inc. i) de la CPE abrg y 19 de la CPE, ya que violenta los derechos a la “seguridad jurídica” y del debido proceso y que el contenido jurídico del citado artículo priva al ejecutado el derecho a la vivienda y de acudir ante la autoridad competente de hacer valer los mismos.
- consulta
- a)
- I.2. Respuesta al recurso
- 1)
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR