Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0044/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
consulta
En consulta la Resolución 621 de 14 de septiembre de 2009, cursante a fs. 21 y vta., pronunciada por el Juez de Partido Octavo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulada por Claudio Augusto Mansilla Peña demandando la inconstitucionalidad del Auto de Admisión de demanda 700 del Libro II/4 de “4” de julio de 2004, por vulnerar sus derechos al debido proceso, a la igualdad y los principios de legalidad y de probidad, sin citar norma constitucional alguna.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- 1)
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Naturaleza jurídica y alcance del control normativo de constitucionalidad posterior en la vía incidental
- II.4. Atribuciones de la Comisión de Admisión
- Fragmento 9
- II.5.1.
- II.5.2. La improcedencia del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra resoluciones judiciales
- II.5.3.
- 2º