Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
consulta
En consulta la Resolución de 5 de mayo de 2009, cursante de fs. 15 a 16, pronunciada por el Responsable Distrital del Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteado por Ronald Chuquimia Raimundeau, Oficial de Diligencias del Juzgado de Instrucción Primero en lo Civil de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, demandando la inconstitucionalidad del art. 100 numeral 2 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios del Poder Judicial (RPDPJ), citando al efecto los arts. 115,116 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- 1)
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Análisis del caso concreto
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley
- APROBAR,