Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0139/2011-CA
Fecha: 06-Mar-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, en consulta, dispone: APROBAR la Resolución de 21 de noviembre de 2009, cursante de fs. 36 a 37, pronunciada por el Tribunal de Sentencia de Montero Provincia Obispo Santiesteban; en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Teodoro Vásquez Soliz.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- 1)
- i)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.4. Análisis del caso
- APROBAR