AUTO CONSTITUCIONAL 0139/2011-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0139/2011-CA

Fecha: 06-Mar-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de la parte

Por memorial de 17 de noviembre de 2009, cursante de fs. 9 a 11 vta., presentado dentro del proceso penal seguido contra Teodoro Vásquez Soliz, éste acudió ante el Tribunal de la causa, con la facultad otorgada por los arts. 54, 58, 60, 61, 62 y ss. de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), solicitando se promueva el recurso  indirecto o incidental de inconstitucionalidad, contra el párrafo tercero del art. 127 del CPP en relación al art. 109 del CPC, que textualmente señala: “El Secretario expedirá copias informes, certificaciones cuando sean pedidas por una autoridad  pública o por particulares que acrediten legítimo interés en obtenerlas, siempre que el estado del procedimiento no lo impida”.

Refiere que, este precepto fue utilizado para generar prueba extemporánea en beneficio del Ministerio Público, que no la acompañó oportunamente, vulnerando los derechos consagrados en los arts. 13, 14, 22, 23, 109, 115, 116, 117, 119, 120, 122 y 180 de la CPE y 3, 12 y 13 del CPP, provocando la violación de los derechos, libertades, principios, garantías y derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado; de la dignidad y la libertad, de la garantía de ser juzgado por un Tribunal imparcial, de la presunción de inocencia; contradice, a la inviolabilidad del derecho de defensa y del principio de legalidad de la prueba, porque esta resultaría ilícita, al no haber sido incorporada al proceso conforme a las disposiciones de la Ley Fundamental y Código de Procedimiento Penal.