AUTO CONSTITUCIONAL 0241/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0241/2012-CA

Fecha: 30-Mar-2012

“…podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo,

        En cuanto a la oportunidad de solicitar se promueva este recurso, el art. 61 de la LTC, advierte que el mismo “…podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia” (las negrillas fueron añadidas).