AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2012-CA

Fecha: 30-Mar-2012

Fragmento 2

Por memorial de 22 de abril de 2009, cursante de fs. 40 a 52, interpuesto por el representante de la Sociedad de “Seguros Illimani S.A.”, dentro del proceso administrativo, señaló que mediante RA SPVS/IS 138 de 11 de marzo de 2009, se sancionó a la citada sociedad por incumplimiento de pago de prestación, al efecto la SPVS aplicó la RA 602 para el cálculo de la multa sancionatoria. Indicó que esta Resolución lesiona el valor a la justicia, la racionalidad, la proporcionalidad y la reserva legal, por cuanto la multa impuesta no guarda relación de proporcionalidad con los hechos sobre los cuales versan las mismas; por lo que, es imposible alcanzar justicia material.