Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0266/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
Fragmento 1
Por memorial presentado el 29 de febrero de 2012, cursante de fs. 11 a 14, la recurrente señala que el 9 de septiembre de 2011, fue notificada con el Auto Interlocutorio de 31 de agosto del mismo año, expedido por la autoridad judicial recurrida, que por sí resolvió definitivamente la excepción de conflicto de competencias promovido por el Juez de Sentencia Tercero en lo Penal de la ciudad de La Paz, disponiendo la devolución de obrados.
- Fragmento 1
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1.
- II.2. Exigencia de los requisitos de admisibilidad
- II.3.
- "…es la persona `agraviada´ la que presentará directamente el recurso al Tribunal Constitucional,
- "…es la persona `agraviada´
- RECHAZAR