AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2012-CA

Fecha: 30-Mar-2012

II.2.  Atribución de la Comisión de Admisión y requisitos de admisibilidad

El recurso directo de nulidad es una acción jurisdiccional de control de legalidad sobre los actos o resoluciones de las autoridades públicas, con la finalidad de declarar expresamente la nulidad de los actos invasivos o usurpadores de las competencias delimitadas por la Constitución Política del Estado y las Leyes, y que opera como un mecanismo reparador a objeto de materializar la garantía contenida en el art. 31 de la mencionada Norma Fundamental.

A objeto de desarrollar dicha garantía constitucional, el orden procesal confiere a la Comisión de Admisión de este Tribunal la atribución de verificar el cumplimiento de los requisitos tanto de forma como de contenido para determinar la admisión, rechazo o subsanación de los recursos constitucionales, según corresponda.