Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2012
Fecha: 16-Mar-2012
II.1.
II.1. De acuerdo a lo expresado por el accionante, y lo manifestado en audiencia por el Juez de garantías, al no cursar prueba alguna en el cuaderno procesal; se tiene establecido que el 27 de diciembre de 2011 debió celebrarse audiencia de cesación a la detención preventiva del imputado Gustavo Salazar Núñez, la que hubiere sido suspendida porque no se encontraba el representante del Ministerio Público (fs. 9).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegando
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. El principio de celeridad en las solicitudes de cesación de detención preventiva
- III.3. Análisis del caso concreto