SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2012
Fecha: 26-Mar-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de los derechos al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, aduciendo que los Vocales demandados declararon infundado su recurso de casación, sin que se hayan pronunciado sobre los puntos 2, 3 y 4 expuestos en el memorial de interposición, respecto a la violación de los arts. 236 y 375.1 del CPC y 7 del EFP, pues condenaron a la Alcaldía de San Ramón, al pago de daños y perjuicios por haber resuelto un contrato de trabajo sin justificación alguna, cuando por tratarse de funcionarios de libre nombramiento, su relación laboral se regía en el ámbito del Estatuto del Funcionario Público y no por los términos y condiciones estipulados en el contrato, lo que permitía puedan ser retirados sin previo aviso, ni justificativo legal alguno, por lo que no podían ser obligados a cancelar la totalidad de los sueldos comprometidos. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.