AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2012-RCA

Fecha: 23-Abr-2012

improcedente in límine

Por Resolución 040/2012 de 9 de febrero, cursante de fs. 224 a 226 vta., la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró improcedente in límine la acción de amparo constitucional, con los siguientes argumentos: a) Que esta acción de defensa no es la vía para hacer cumplir las sentencias o fallos judiciales ni las resoluciones administrativas firmes; b) Esta acción tutelar no es la instancia idónea para peticionar el cumplimiento de resoluciones pronunciadas dentro de las acciones tutelares de derechos fundamentales y garantías constitucionales; y, c) Que “No puede admitirse la acción y entrar a consideraciones de fondo de la misma, porque en la especie existe otras vías legales, sean administrativas o judiciales que no fueron activadas por la parte interesada y ahora accionante, enmarcándose tal supuesto, en la causa de improcedencia, reconocida en el art, 74-3 de la Ley Nº 027 del Tribunal Constitucional Plurinacional”.