Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2012-RCA
Fecha: 23-Abr-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La accionante solicita la tutela de sus derechos a la de propiedad, a la legítima defensa y a la “seguridad jurídica”; sin embargo, al haber sido declarado improcedente in limine por el Tribunal de garantías, corresponde, que la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.3. Causales de improcedencia del amparo constitucional
- II.4. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
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- deben agotarse todas las vías legales ordinarias franqueadas por Ley, pues de no hacerlo se declarará su improcedencia in limine en mérito al principio de subsidiaridad.
- APROBAR