AUTO CONSTITUCIONAL 0018/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0018/2012-RCA

Fecha: 24-Abr-2012

interpone la acción ante el Tribunal de garantías, quien señala que el

De los antecedentes presentados, el recurrente manifiesta haber sido destituido de sus funciones sin razón alguna que justifique su despido, por consiguiente y en ejercicio de sus derechos, requiere al Ministerio de Trabajo ser reincorporado a su fuente laboral de manera inmediata, a fin de acceder a un sueldo digno y gozar de beneficios y derechos constitucionales. Por su parte, el ente rector especializado; actuando dentro sus facultades, remite notificaciones a YPFB para que, en cumplimiento del correspondiente memorándum de restitución, retome su actividad. Sin embargo y ante la falta de respuesta de la empresa contratante, interpone la acción ante el Tribunal de garantías, quien señala que el no agotó las vías o recursos que prevé la ley a través de los mecanismos establecidos para el efecto.

Por consiguiente, Elías Angel Quino Conde, no hizo uso efectivo de los medios establecidos por ley para demandar el cumplimiento y ejecución del memorándum emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; por lo que no se evidencia la existencia de daños en su contra que no puedan ser resueltos por la vía ordinaria.