AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2012-RCA
Fecha: 25-Abr-2012
I.3. Petitorio
Solicita la admisión de la acción, por la urgencia e inminencia del daño que se presentaría en caso de no ser escuchados y acceder a la tutela efectiva constitucional, disponiendo la anulación parcial de la RA 003/012, en la parte que corresponde al Capítulo IV, en sus arts. 13, 14, 15 y 16, determinando que las autoridades del Ejecutivo Municipal, en correspondencia a la OM 065/2011, establezcan el cobro y/o venta de la aceras en torno a la plaza “10 de febrero”, particularmente la acera de la parte Norte que concierne a “Flores Plaza Hotel S.R.L.”, calle Adolfo Mier entre La Plata y Presidente Montes de la ciudad de Oruro, en metros lineales y con los precios y modalidades establecidas en la referida Ordenanza Municipal.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- II.2. Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- improcedencia
- II.3. Análisis del caso concreto